El sagrado derecho

Llevo varios días buscando los “sagrados derechos” o los “derechos sagrados” y con sorpresa no los encuentro, quizás podría decir que si no aparecen en nuestra constitución de 1991 es porque no existen. Aquí vale la pena aclarar que todo es posible con nuestras Cortes y que quizás ellas podrían haber elevado algunos derechos a “sagrados” en alguna sentencia de aquellas que favorecen guerrilleros para ponerlos por encima de los derechos fundamentales que si vienen expresos en nuestra Carta Política.

Aunque aquellos (los Magistrados) nunca se han distinguido por religiosos, sobre todo cuando se hace tanto énfasis en que Colombia, según la Constitución, es un ”Estado Social de Derecho” y en muchos otras predicciones que se hacen lo definen como un estado “Laico” -aunque la palabra esta tampoco aparece en nuestra Carta Magna-.

Algunos dirán ¿y a este “man” que bicho le picó? Pues ya les cuento de donde vienen mis inquietudes:

Recientemente en una entrevista que hiciera Vicky Dávila al Senador Petro, en la que ella afirmó, con toda razón, que los integrantes del M-19 habían actuado como hampones, el mencionado Senador montó en cólera y le espetó a Vicky que ellos no eran hampones, que ellos siempre habían hecho uso del “sagrado derecho a la rebelión”. ¡Háganme el favor!, tampoco aparece en la Constitución colombiana ningún derecho a la rebelión (ni siquiera esa palabra rebelión esta incluida en ese texto), mucho menos que sea un derecho y muchísimo menos sagrado. Otra vez, la palabra “sagrado” tampoco aparece en nuestra Carta Magna. Que trabalenguas ¿no?

En aras de la verdad si existe en la Carta Magna el delito político, allí mencionado pero ni siquiera está definido. Buscando otras textos, encuentra uno que el delito político se entiende como “aquellos actos o acciones que atentan contra la Constitución y el orden constitucional establecido”. En el Código Penal Colombianos (Ley de la República 599 de 2000) se encuentran varios tipos de delitos políticos, voy a transcribir “el delito de rebelión” (nótese, que es un delito, no es ningún derecho y mucho menos sagrado)

Artículo 467. Rebelión: Los que mediante el empleo de las armas pretendan derrocar al Gobierno Nacional, o suprimir o modificar el régimen constitucional o legal vigente, incurrirán en prisión de noventa y seis (96) a ciento sesenta y dos (162) meses y multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes.”

En este mismo código penal tambien se encuentran, como delitos políticos, la sedición, la asonada, circunstancias de agravación punitiva, la conspiración, seducción usurpación y retención ilegal de mando, entre otros.

Pero como este no es un artículo júridico sino un análisis de esas afirmaciones absurdas que hemos escuchado en boca de Petro varias veces y con mucha frecuencia de boca de Timochenko y todos sus secuaces, hoy en el Congreso de la República: “El sagrado derecho a la Rebelión".

Pues como habrán entendido: no es un derecho, no es una prerrogativa, es un delito.

Afortunadamente para ellos, la constitución no los inhabilita para ser congresistas, jueces o funcionarios elegidos directamente o por mandato popular, a quienes hayan comtetido delitos políticos, si han pagado sus penas o si han sido indultados (que han sido perdonadas sus penas) o amnistiados (perdonados y eximidos de castigo por determinadas penas), tendrán derecho a una vida con plenos derechos.

Pero hasta ahí estos delitos normalmente son entendidos y hasta aceptados cuando se cometen en contra regímenes autoritarios, dictaduras, gobiernos esclavistas y violadores de los derechos humanos contra todo un pueblo, pero es difícil de entenderlos contra gobiernos democráticos como los que ha tenido Colombia en los últimos 60 años. Por esta razón, estos grupos guerrilleros han intentado por años vender al mundo, una imagen de Colombia que se asemeje o incluso sea peor que la imagen de las mas sangrientas dictaduras.

Por esta razón, han inflado los “falsos positivos” casi por 30 veces su número real, por esta razón muestran a nuestros presidentes, especialmente Alvaro Uribe, como vulgares asesinos y les adjudican todo tipo de delitos, así sean falsos y que precisamente nunca han podido probar.

La comunidad internacional es benévola con estos rebeldes, pero deja claro que no son amnistiables ni indultables cuando se cometen delitos contra la humanidad, los tambien llamados de lesa humanidad. Es decir, en medio de la rebelión no se pueden infringir los DDHH ni el DIH. Tampoco considera la comunidad internacional que delitos comunes puedan ser declarados como conexos con el delito político.

Como la mayoría ustedes, mis habituales lectores, saben, yo soy ingeniero y hasta aquí llego, no quiero meterme en honduras para no arriesgarme a cometer imprecisiones y mucho menos pienso enfrentarme a ciertas interpretaciones de abogados que pudieran ser afines al “sagrado derecho de la rebelión”. Mi objetivo con este escrito, para el cual debí leer varios documentos, es mostrar como estos señores que se autodenominan rebeldes, en Colombia, no son más que hampones como decía Vicky Dávila al señor Petro.

Dentro de lo leído, encontré una tesis (2014 no pongo el autor porque no quisiera tener este tipo de enemigos gratis) en la que hacen toda una reflexión que parece una gran disquisición, con la que pretenden demostrar que la rebelión es un derecho en Colombia, para lo cual parten del supuesto de que hemos tenido casi un siglo de gobiernos asesinos, terroristas, represivos, ladrones, usurpadores de tierras, discriminando a las minorías, a las etnias, etc.

La verdad uno se queda “boquiabierto” de la capacidad de argumentación, de la gran inteligencia de sus autores, de la gran capacidad dialéctica de estos señores. Si uno tuviera poca información sobre la historia, seguramente sería seducido completamente y definitivamente convencido de que esas tesis son verdad.

Uno de mis hijos, que escuchó a Gustavo Petro, en su salida de ropa con Vicky Dávila, me dijo que Petro había sido muy convincente en sus argumentos respecto a la rebelión, hecho que aún más me motivó a realizar este escrito, pero debía leer para estar seguro de lo que iba a afirmar y ser preciso en estos conceptos, que ya tenia pero debía confirmar.

Ni el derecho a la rebelión existe, ni existe el derecho a la protesta en la Constitucón colombiana, y en todo caso, el delito político deja de serlo cuando se cometen en su nombre delitos de lesa humanidad. ¿Recuerdan que todos los lideres de las protestas, que terminan en asonadas, en actos vandálicos, en muertes y en destrucción de propiedad publica y privada, hablan del “sagrado derecho a la protesta”? Pues ni es un derecho y menos es sagrado. No existe, vayamos a La Constitución de 1991:

“Artículo 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.”

Asi que, señores periodistas y políticos, dejen de alimentar ese “derecho a la protesta” que no existe. Si existe la manifestación pacífica, pero cuando se sale de cauce, aparecen múltiples delitos. Hasta aquí este punto.

Pero volvamos al M19 y a las FARC, los mas aficionados a los derechos sagrados:

¿Creen ustedes que haber sucuestrado a José Raquel Mercado, un sindicalista, por parte del M19, haberlo torturado y posteriormente asesinado, esta tipificado como aceptable el alguna norma del derecho colombiano o el internacional? Allí hay varios delitos, pero el secuestro, la tortura y el “asesinato en persona protegida” (este último es como llaman a los falsos positivos), son delitos de lesa humanidad y no podrían ser ni indultados ni amnistiados según el Estatuto de Roma que dio origen a la Corte Penal Internacional.

¿Creen ustedes que haber incendiado un edificio (El Palacio de Justicia) con mas de 350 personas dentro, entre ellos la totalidad de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, es aceptable como “derecho a la rebelión”? En aquel holocausto se salvaron mas de 270 personas porque el Ejército de Colombia y la Policía Nacional, los rescataron.

Lo más doloroso fue la muerte de mas de 80 personas, algunos calcinados, como se encontraron a los magistrados que estaban en el cuarto piso del Palacio. Para que se hagan una idea, encontraron montoncitos de cenizas en una de las escenas más dantescas que pueda imaginarse persona alguna. Ni en las películas más sanguinarias que presenta Netflix, puede uno imaginarse tal cosa.

No señor Petro, ese nunca fue su derecho ni el de sus socios, y si lo fuera, jamás estaría por encima del derecho a la vida de estas personas que vivieron semejante horror. Quizás les parezca licito a algunos el hecho de que fueron financiados por Pablo Escobar.

Pero ampliemos el espectro, veamos los crímenes que niegan haber cometido las Farc (un resumen para no alargarnos) pero que miles de víctimas lo atestiguan, para que ustedes me digan si esto esta dentro de algún derecho sagrado o más bien son delitos de lesa humanidad:

Haber reclutado a la fuerza miles de niños (la JEP y las FARC han tratado de desinflar las cifras), según datos suministrados hace unos meses por Herbin Hoyos Medina (QEPD) todos sustentados ante la JEP, el número de niños que sufrieron esta aberración de manos de los supuestos rebeldes supera los 50.000 niños, y es muchísimo más que lo publicado por la Comisión de la Verdad, la JEP y por el Centro de Memoria Histórica.

Pasa lo mismo con las niños y niñas fusilados (por las FARC) por algún acto de indisciplina. O las niñas violadas y obligadas a abortar en actos salvajes a los que no sobrevivían ni la mitad de ellas. O los secuestros de miles de personas al año, o los actos terroristas como haber atacado, con cilindros bomba y armas no convencionales, más de 450 poeblados solamente durante el periodo de conversaciones en el Caguan (los pueblos más pobres de Colombia ¿Alguien lo entiende?), ataques en los que morían tanto policías como los pobladores humildes de estos alejados pueblos. O la siembra de minas anti personas junto a escuelas o a veredas por la que transitaban campesinos y sus hijos.

Y pensar que, amparados en esta aberración mental, tratan de minimizar todas estas atrocidades para decir que tenían un derecho elevado a la categoría de sagrado.

No señores Petro, Tiochenko, Tornillo y sus socios en el delito. ¿Saben porque lo llamaban así a Alias Carlos Antonio Lozada o Alias Tornillo? Los niños hombres le corrían porque los violaba el muy pervertido. Así que las víctimas de este delito no era exclusivamente contra las niñas.
Claro que el mensaje no es para ustedes señores cínicos, que quieren que los llamen ex… ¿Exasesinos, exterroristas o ex violadores?

No, el mensaje es para la juventud colombiana, para que no crean en cantos de sirenas, para que se informen sobre las atrocidades de estos barbaros que quieren gobernarnos, estos terribles “seres humanos” (quízas ni merezcan ser llamados seres humanos) que de llegar a la presidencia acabaran con este país.

NOTA AL MARGEN:

¿Sabían ustedes que entre los militares, en este mal llamado conflicto, se han identificado más de 350.000 víctimas que tendrían derecho a la reparación como a cualquier colombiano y que la Ley de Víctimas de Santos, los reconoce como víctimas pero los excluye de la reparación económica? Esta es una fotografía del talante del Traidor.

Creo que sobre esta traición a las Fuerzas Armadas he escrito mas de 15 artículos que están en blog: http://jebotero.com los invito a leerlos.

Twitter: @jebotero


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